Micelio
Auto24 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Improcedencia para continuar trámite de verificación de cumplimiento fallo de tutela
  • Competencia preferente y excepcional para asegurar el cumplimiento de sus decisiones
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Corte se ABSTIENE de continuar con el trámite de verificación de cumplimiento de la Sentencia T-814/11 y le advierte al accionante y a la Embajada del Reino de los Países Bajos ante Colombia, que la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con canales de cooperación para armonizar y facilitar, mediante los buenos oficios, las relaciones existentes entre los ciudadanos colombianos y las misiones diplomáticas presentes en el país.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de continuar con el tramite de verificacion de cumplimiento de la sentencia T-814 de 2011, por las razones expuestas en la parte motiva del presente Auto.
  2. Segundo. Por Secretaria General de esta Corporacion, ADVERTIRLE al senor Guillermo Efrain Caicedo Jurado y a la Embajada del Reino de los Paises Bajos ante Colombia que la Coordinacion del Grupo Interno de Trabajo de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con canales de cooperacion para armonizar y facilitar, mediante los buenos oficios, las relaciones existentes entre los ciudadanos colombianos y las misiones diplomaticas presentes en el pais.
  3. Tercero. Por Secretaria General de esta Corporacion, REMITASE a la Embajada del Reino de los Paises Bajos ante Colombia, al senor Guillermo Efrain Caicedo Jurado y a la Coordinacion del Grupo Interno de Trabajo de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores, copia integra del presente Auto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.